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Estadía en Alemania hasta 90 días - Sin visa

Llegada al aeropuerto, © dpa
Los ciudadanos hondureños pueden permanecer en calidad de turistas en los países Schengen por hasta 90 días dentro de un período de 180 días sin necesidad de una visa.
Información general
Las estancias cortas menores a 90 días dentro de un período de 180 días (sin permiso de trabajo) se rigen bajo el “Acuerdo de Schengen“. Los países que aplican totalmente este convenio son: Alemania, Austria, Bélgica, Croacia, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Islandia, Italia, Luxemburgo, Noruega, Holanda, Portugal, Suecia, Estonia, Letonia, Lituania, Polonia, Hungría, la República Checa, Eslovaquia, Eslovenia, Malta, Suiza y Liechtenstein.
Los ciudadanos hondureños pueden permanecer en calidad de turistas en los países Schengen por hasta 90 días dentro de un período de 180 días sin necesidad de una visa (p.ej. pueden visitar amigos, familiares, etc.; tomar cursos de idiomas o realizar viajes de negocios). Pueden pasar las fronteras internas entre los países Schengen sin controles. El tiempo se empieza a contabilizar a partir de la primera entrada en el espacio de Schengen (por ejemplo: si ingresa el 19/02/2017 a algún país Schengen, empieza a correr el medio año aludido, que terminará el 18/08/2017).
En el link correspondiente a la Comisión Europea se puede acceder a un sistema calculador de días de permanencia.
Requisitos para el ingreso sin visa a los Estados Schengen
En general:
- Pasaporte vigente (la validez debe exceder al menos 180 días la fecha prevista para el ingreso al país)
- Pasaje de ida y vuelta (dentro del plazo de los 90 días)
- Seguro médico conforme a las normas de la UE (válido en todo el territorio de la UE, cobertura mínima por valor de 30.000.- € y vigente a partir de la fecha de ingreso al país)
- Comprobante de fondos suficientes: Dinero en efectivo, tarjetas de crédito o cheques (se calculan entre 50 y 100 euros al día, dependiendo del país que visita y si el alojamiento es en un hotel o en una casa particular).
En caso de turismo:
Reservas de hotel, vuelos y conexiones internas, confirmación del tour
En caso de viajes de negocio y/o de visita:
Carta de invitación informal y una copia de la cedula alemana, o bien título de residencia de la persona que va a asumir los gastos en Alemania (puede ser escaneado)
Declaración de patrocinio para extranjeros de conformidad con los artículos 66 – 68 de la Ley de Permanencia. La persona residente en Alemania debe solicitar la declaracion ante la respectiva Autoridad de Migracion en su lugar de residencia. La declaración en original puede ser requerida al ingresar a Alemania.
Carta de confirmación de la empresa, carta de invitación de la empresa, participación en jornadas y documentos similares.
En caso de cursos de idiomas, estadías escolares, intercambio:
Constancias de inscripción a cursos de idiomas, estadías escolares, intercambio u otros comprobantes de participación en otros viajes no relacionados con una actividad remunerada sujeta a autorización
En caso de pasantías (renumeradas) en Alemania con duración de menos de 90 días:
- Contrato de pasantía
- Acuerdo (Einvernehmen) de la Agencia Federal de Empleo (Bundesagentur für Arbeit) en original
Visado Schengen para otras nacionalidades
Si tiene otra nacionalidad y no sabe si necesita una visa, favor de consultar la página de internet o dirigirse al consulado alemán en el país de su origen. Al realizar su consulta, informe cuál es su nacionalidad y si ya cuenta con alguna visa válida (también para otros países).
Visado Schengen A, B, C
Los ciudadanos de los Estados que necesitan visado para ingresar y permanecer en la República Federal de Alemania hasta 90 días deben solicitar un visado tipo Schengen C.
- Los ciudadanos de ciertos Estados también necesitan visado de tránsito (tipo Schengen A), si cambian vuelos en un aeropuerto alemán sin salir del área de tránsito internacional.
- Formato solicitud para un visado